lunes, 25 de julio de 2011

Los autónomos podrán trabajar y cotizar a tiempo parcial

Una de las principales reivindicaciones de UPTA España, que quedaron pendientes en la redacción de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo en el año 2007, fue la del reconocimiento de la figura del ‘trabajador autónomo a tiempo parcial’. Por fin esta figura va a hacerse realidad a través del acuerdo CiU-PSOE en la tramitación del Proyecto de Ley de Reforma de las Pensiones.

El Senado ha decidido introducir una enmienda de CiU por la que se modifica el artículo 1 del Estatuto para incorporar el tiempo parcial como una de las modalidades de trabajo por cuenta propia. “Esta medida posibilita que el trabajador cotice también parcialmente, con lo que los costes de su trabajo serán menores en la medida que no cubran las rentas mínimas”, explica Sebastián Reyna, secretario general de UPTA España.

La parcialidad temporal permitirá también dar respuesta a algunas realidades sociales, como los autónomos discontinuos en el sector de la hostelería y turismo o la actividad artesanal o cultural cuyas rentas son complementarias.

También el reconocimiento de esta figura permite afrontar con mayor rigor otro compromiso de la futura Ley, que es el de la regulación de la jubilación parcial en el trabajo autónomo.

En estos últimos meses se han dado dos pasos de gran trascendencia para completar el marco de derechos del trabajo autónomo, por una parte la mayor protección que ofrece la nueva Ley de ordenación de la Jurisdicción Social a los autónomos económicamente dependientes, que podrán ver reconocidas sus condiciones a través del orden jurisdiccional social y la introducción de esta figura del autónomo parcial. “La Ley de Reforma de las Pensiones también prevé la jubilación anticipada voluntaria de los autónomos a los 63 años en las mismas condiciones que para el Régimen General”, señala Reyna.

Fuente de información: UPTA
Fecha de la noticia: viernes, 15 de julio de 2011